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Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000004  publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 366, de 08 de enero de 2021, el Servicio de Rentas Internas amplió el plazo para la presentación de la declaración y pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, por parte de los sujetos pasivos sujetos al régimen impositivo para microempresas, descritos en la Disposición Transitoria Única de dicha Resolución.

Artículo 1.-  Por única vez, los sujetos pasivos obligados a presentar declaraciones y/o anexos tributarios cuya fecha de vencimiento sea entre el 16 y el 22 de enero de 2021 podrán hacerlo considerando el siguiente calendario, sin que por dicho motivo deban pagar intereses y/o multas.


Fecha de vencimiento

Nuevo vencimiento (hasta)

16 y 17 de enero de 2021 (que por aplicación de la normativa
tributaria se trasladan al 18 de enero)

27 de enero de 2021

18 de enero de 2021

29 de enero de 2021

19 de enero de 2021


01 de febrero de 2021

20 de enero de 2021

02 de febrero de 2021

21 de enero de 2021

03 de febrero de 2021

22 de enero de 2021

04 de febrero de 2021

Lo señalado en este artículo, incluido el nuevo calendario, aplica también para el pago de los impuestos administrados y/o recaudados por el Servicio de Rentas Internas, atribuidos a las declaraciones referidas en su primer inciso.

Artículo. 2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, los intereses o multas relacionados con las obligaciones materia de esta Resolución, que se hubieren cancelado hasta la fecha de entrada en vigencia de este acto normativo, no generarán pagos indebidos.

Artículo. 3.- Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de recaudación, determinación y control.

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