Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000004 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 366, de 08 de enero de 2021, el Servicio de Rentas Internas amplió el plazo para la presentación de la declaración y pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, por parte de los sujetos pasivos sujetos al régimen impositivo para microempresas, descritos en la Disposición Transitoria Única de dicha Resolución.
Artículo 1.- Por única vez, los sujetos pasivos obligados a presentar declaraciones y/o anexos tributarios cuya fecha de vencimiento sea entre el 16 y el 22 de enero de 2021 podrán hacerlo considerando el siguiente calendario, sin que por dicho motivo deban pagar intereses y/o multas.
Fecha de vencimiento | Nuevo vencimiento (hasta) |
16 y 17 de enero de 2021 (que por aplicación de la normativa tributaria se trasladan al 18 de enero) | 27 de enero de 2021 |
18 de enero de 2021 | 29 de enero de 2021 |
19 de enero de 2021 | 01 de febrero de 2021 |
20 de enero de 2021 | 02 de febrero de 2021 |
21 de enero de 2021 | 03 de febrero de 2021 |
22 de enero de 2021 | 04 de febrero de 2021 |
Lo señalado en este artículo, incluido el nuevo calendario, aplica también para el pago de los impuestos administrados y/o recaudados por el Servicio de Rentas Internas, atribuidos a las declaraciones referidas en su primer inciso.
Artículo. 2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, los intereses o multas relacionados con las obligaciones materia de esta Resolución, que se hubieren cancelado hasta la fecha de entrada en vigencia de este acto normativo, no generarán pagos indebidos.
Artículo. 3.- Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de recaudación, determinación y control.