El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000035, publicado en el Suplemento del Registro Oficial. No. 465, de 27 de diciembre de 2023, estableció los precios referenciales para el cálculo de la base imponible del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), para el período fiscal 2024, de perfumes y aguas de tocador, comercializados a través de la modalidad de venta directa. Los precios referenciales deberán calcularse por cada producto, incrementando al precio ex aduana (en el caso de bienes importados) o a los costos totales de producción (en el caso de bienes de fabricación nacional), los porcentajes detallados en la siguiente tabla:
Rango de precio ex aduana o costos totales de producción por producto en USD |
% de incremento |
|
Desde | Hasta | |
0 | 1,50 | 150% |
1,51 | 3,00 | 180% |
3,01 | 6,00 | 240% |
6,01 | En adelante | 300% |
En los costos totales de producción de los bienes de fabricación nacional se incluirán materias primas, mano de obra directa y los costos y gastos indirectos de fabricación.
Para efectos del cálculo de la base imponible del ICE, los pagos por concepto de regalías calculados en función de volumen, valor o monto de ventas que no superen el 5% de dichas ventas, no se considerarán costos o gastos de fabricación; en caso de que los pagos por regalías superen dicho porcentaje, el mencionado valor será incorporado a los costos totales de producción.
El artículo 76 de la Ley de Régimen Tributario Interno dispone la base imponible de los bienes y servicios sujetos al impuesto a los consumos especiales ICE, de producción nacional o bienes importados; en el numeral 4 establece que para los perfumes y las aguas de tocador la base imponible corresponderá al mayor valor entre la comparación del precio de venta al público sugerido por el fabricante menos el IVA y el ICE y el precio de venta del fabricante menos el I VA y el ICE; o, el precio ex aduana más un treinta por ciento (30%) de margen mínimo de comercialización y el precio de venta al público sugerido por el importador menos el IVA y el ICE, según corresponda.
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