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Entra en vigencia la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No.516, de 12 de marzo de 2024.

La nueva ley promulgada incluye diversas medidas tributarias, una de las cuales es el aumento de la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 13%. Cabe destacar que, dado que el IVA se declara mensualmente, la aplicación de la nueva tasa se efectuará a partir del mes posterior a la publicación de la ley, es decir, desde abril de 2024.

Si bien la ley establece el aumento del IVA al 13%, este tampoco podrá ser superior al 15%, y que mediante Decreto Ejecutivo podrá ser incrementado por el Presidente de la República.

El Presidente Daniel Noboa ha anunciado su intención de utilizar esta facultad para aumentar el IVA al 15% a partir de abril.

Entre las principales medidas de recaudación de recursos que contiene la Ley para enfrentar el conflicto armado están:
  • Impuesto a las utilidades de los bancos y cooperativas de ahorro y crédito. De acuerdo a tarifas del 5 %, 10 %, 15 %, 20 % y 25 %, dependiendo del volumen de la utilidad gravada en el ejercicio fiscal 2023.
  • Contribución temporal por las utilidades de grandes empresas, que pagarán las sociedades que obtuvieron ingresos gravados durante el ejercicio fiscal 2022. La contribución será del 3,25 % sobre las utilidades netas de 2022.
  • Tarifa del 5 % de IVA para materiales de la construcción.
  • Incremento de hasta el 5 % al impuesto a la salida de divisas (ISD).

Con la aplicación de la presente Ley, el Gobierno prevé recaudar alrededor de $ 1.400 millones para financiar el conflicto armado interno.

 

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