El Gobierno Nacional, mediante Decreto Ejecutivo No. 598, publicado en el Quinto Suplemento del Registro Oficial. No. 19, de 14 de abril de 2025, dispuso la suspensión de la jornada laboral para el sector público y privado el día jueves 17 de abril de 2025, en el marco del feriado de Semana Santa.
Estas son las disposiciones clave:
- Sector público:
La jornada suspendida será recuperada conforme lo determine la máxima autoridad de cada institución. - Sector privado:
Las empresas privadas podrán establecer su propio mecanismo de recuperación, si así lo requieren.
Servicios esenciales garantizados:
Durante la suspensión, se mantendrán operativos todos los servicios públicos esenciales, como agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, transporte y servicios bancarios. Las instituciones deberán asegurar el personal necesario para garantizar una atención adecuada a la ciudadanía.
Esta medida busca facilitar la planificación del feriado y promover el turismo interno, sin descuidar la atención de los servicios críticos del país.
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