El Servicio de Renta Internas, mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000038, publicada en el Suplemento del Registro Oficial. No. 465, de 27 de diciembre de 2023, estableció las tarifas específicas del impuesto a los consumos especiales en el periodo fiscal 2024.
Las tarifas específicas señaladas en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno, que aplicarán para el cálculo del impuesto a los consumos especiales ICE en el período fiscal 2024, son:
DESCRIPCIÓN | TARIFA ESPECÍFICA VIGENTE PARA 2024 |
Cigarrillos | US $ 0,16 por unidad |
Alcohol (uso distinto a bebidas alcohólicas y farmacéuticos) y, bebidas alcohólicas | US $ 10,15 por litro de alcohol puro |
Cerveza Artesanal | US $ 1,52 por litro de alcohol puro |
Cerveza Industrial | US $ 13,28 por litro de alcohol puro |
Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida, excepto energizantes |
US $ 0,18 por 100 gramos de azúcar añadida |
Fundas plásticas | US $ 0,08 por funda plástica |
Conforme a la información publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC en su página web institucional www.ecuadorencifras.gob.ec, la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC General), a noviembre de 2023 fue de (+) 1,53320111640149%