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Mediante Resolución NAC-DGERCGC22-00000063, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 219, de 29 de diciembre de 2022, el Servicio de Rentas Internas, estableció las tarifas específicas señaladas en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno, que aplicarán para el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) en el período fiscal 2023, son:

* De conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria Sexta de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria.

El segundo artículo innumerado agregado a continuación del artículo 75 de la Ley de Régimen Tributario Interno, establece que para el caso de bienes y servicios gravados con el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), se podrá aplicar, entre otras, el tipo de imposición específica, la cual grava con una tarifa fija a cada unidad de bien transferida por el fabricante nacional o cada unidad de bien importada, independientemente de su valor.

El literal a) del numeral 12 del artículo 76 ibidem indica que la base imponible del ICE en el caso de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, se establecerá en función de los litros de alcohol puro que contenga cada bebida alcohólica.

Para efectos del cálculo de la cantidad de litros de alcohol puro que contiene una bebida alcohólica, se deberá determinar el volumen real de una bebida expresada en litros y multiplicarla por el grado alcohólico expresado en la escala Gay Lussac o su equivalente, que conste en las notificaciones sanitarias otorgadas al producto, sin perjuicio de las verificaciones que pudiese efectuar la Administración Tributaria.

El último inciso del artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno dispone que las tarifas específicas se ajustarán anual y acumulativamente en función de la variación anual del índice de precios al consumidor (IPC general) a noviembre de cada año, elaborado por el organismo público competente. Los nuevos valores serán publicados por el Servicio de Rentas Internas en el mes de diciembre y regirán desde el primero de enero del año siguiente.

Conforme a la información publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en su página web institucional www.ecuadorencifras.gob.ec, la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC General), a noviembre de 2022 fue de (+) 3,64420736328825%.

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