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  • IVA Y RENTA SEMESTRAL RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS

Los contribuyentes del Régimen Impositivo para Microempresas deberán presentar su declaración del IVA de forma semestral; sin embargo, pueden optar por hacerlo de forma mensual.

  • DECLARACIÓN FORMULARIO 125 RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas catastrados en el Régimen Simplificado de Microempresas  presentar el formulario 125 –  Declaración del Impuesto a la Renta Contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, a través de la página web institucional.

  • DECLARACIÓN MENSUAL DE RETENCIONES EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA, IVA, ICE y ATS

-RETENCIONES EN LA FUENTE DE IR: Formulario 103. Los agentes de retención de Impuesto a la Renta la presentarán según el noveno dígito del RUC.

-IVA: Formulario 104. Se realiza respecto de las operaciones del mes anterior, y se declara de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

-ICE: Formulario 105. Grava a la importación, producción de bienes o prestación de servicios establecidos en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI).

-ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS): Información mensual relativa a las compras o adquisiciones, ventas o ingresos, exportaciones o ingresos obtenidos del exterior, comprobantes anulados y retenciones pertenecientes al giro del negocio.

  • PAGO DE LA CUARTA CUOTA DE IR

Las micro, pequeñas y medianas empresas, las que realicen actividades de líneas aéreas, sector turismo (alojamiento y comida), sector agrícola, exportadores habituales de bienes, que hayan diferido el pago de IR en 6 cuotas de abril a septiembre, pagarán este mes la cuarta cuota.

  • ANEXO DE ICE MENSUAL

Están sujetos: los fabricantes de bienes e importadores de bienes gravados con ICE y prestadores de servicios gravados con ICE.

Se presenta de manera mensual, de acuerdo con el noveno dígito del RUC

  • INFORME DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO (ICT)

El Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) es un documento que muestra la opinión del auditor respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias que mantenga un contribuyente sobre un período fiscal específico. Para el efecto, se debe elaborar un conjunto de anexos establecidos por esta administración.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó la recepción del Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) en SRI en Línea de www.sri.gob.ec que debe ser presentado por las sociedades auditadas durante julio de 2021.

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000030 el SRI estableció que el ICT correspondiente al ejercicio fiscal terminado el 31 de diciembre de 2020, deberá ser presentado únicamente a través de www.sri.gob.ec opción SRI en Línea

  • DECLARACIÓN MENSUAL DEL IMPUESTO A ACTIVOS EN EL EXTERIOR

Lo deberán pagar instituciones privadas controladas por la Superintendencia de Bancos que mantengan activos monetarios fuera del territorio ecuatoriano, mediante cuentas corrientes, depósitos a plazo, fondos de inversión, portafolio de inversiones, fideicomisos de inversión, fideicomisos de administración o tenencia monetaria o cualquier otro tipo de instrumento financiero de hecho o de derecho.

  • DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS MENSUAL

Este impuesto deberán pagarlo personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades privadas, nacionales o extranjeras que transfieran o envíen dinero al exterior con o sin la intermediación de instituciones del sistema financiero o couriers.

  • ANEXO REPORTE DE OPERACIONES Y TRANSACCIONES ECONÓMICAS FINANCIERAS

Las instituciones del sistema financiero privado bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros presentarán este anexo con todas las operaciones o transacciones económicas realizadas a nombre de sus clientes permanentes u ocasionales a través de cualquier medio o mecanismo de pago.

Se presenta el mes subsiguiente de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

  • ANEXO MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE DIVISAS

Los agentes de percepción y los agentes de retención del ISD deben presentar este Anexo sobre las operaciones del mes anterior.

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas presentar información sobre transferencias, traslados y retiros en el exterior, mediante el anexo movimiento internacional de divisas (MID), a través de la página web institucional.

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