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Mediante Decreto Ejecutivo No. 211, el Presidente Daniel Noboa, Expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica.

Entre las disposiciones establecidas del presente reglamento tenemos:

  • Plazos para el pago de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS)
  • Recaudación de los fondos de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS)
  • Reformas al Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
  • Reformas al Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas

El Servicio de Rentas Internas, en el ámbito de sus competencias, expedirá la normativa secundaria de carácter general para la aplicación de las contribuciones temporales previstas en la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica.

A partir del 01 de abril de 2024, todas las disposiciones reglamentarias y normativa secundaria en general, en donde se mencione la tarifa del 12% del IVA, entiéndase a la tarifa de IVA que sea aplicable al objeto imponible y que se encuentre vigente a la fecha de su aplicación.

 

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