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Mediante Decreto Ejecutivo No. 98, publicado en el Suplemento del Registro Oficial. No. 467, de 29 de diciembre de 2023, el Presidente de la República, Daniel Noboa, reformó el numeral 2 del artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 643 de 10 de enero de 2023, por el siguiente texto:

“2. A partir del 01 de julio de 2023, redúzcase la tarifa en un cuarto de punto porcentual (0,25%), es decir hasta 3.50%; la cual se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2024. «

Adicional se elimina el numeral 3 del artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 643 de 10 de enero de 2023.

El Ministerio de Economía y Finanzas con oficio Nro. MEF-MEF-2023-0576-0 de 29 de diciembre de 2023 emitió el dictamen previo, favorable y vinculante de conformidad con el artículo 74 numeral 15 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, para el proyecto de Decreto Ejecutivo que tiene por finalidad reformar el Decreto Ejecutivo No. 643 de 10 de enero de 2023.

El artículo 156 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en Ecuador establece disposiciones relacionadas con el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en Ecuador determinando que el hecho generador del impuesto lo constituye la transferencia o traslado de divisas al exterior, excluyendo compensaciones, que suceden mediante diversos instrumentos financieros.

 

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